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Buenas noticias para los autónomos: cumple con los siguientes requisitos y olvídate de pagar esta cantidad

Buenas noticias para los autónomos: cumple con los siguientes requisitos y olvídate de pagar esta cantidad
Janire Manzanas
  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

Desde hace meses, el Ministerio de Hacienda está trabajando con las asociaciones de autónomos en la elaboración de un texto con el que transponer la Directiva europea 2020/285. Esta normativa entró en vigor el 8 de febrero de 2020 y exime a los trabajadores por cuenta propia de presentar las autoliquidaciones trimestrales del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) a aquellos que ganen menos de 85.000 euros al año.

Régimen de IVA franquiciado

El objetivo es reducir la carga administrativa de los autónomos establecimiento «un entorno fiscal que facilite su crecimiento y el desarrollo del comercio transfronterizo». Con este horizonte, una de las principales medidas que hay sobre la mesa es el denominado régimen de IVA franquiciado, que permite a los trabajadores por cuenta propia acogidos a esta modalidad estar exentos de incluir el gravamen en sus facturas.

Por consiguiente, tampoco tienen que aplicar el tributo a los productos y servicios que adquieran sus clientes, eliminando así la obligación de realizar la liquidación trimestral de IVA. El único requisito será la presentación de una declaración anual de ingresos de la actividad económica para demostrar que los autónomos cumplen con el límite fijado, que en España es de 85.000 euros anuales.

Cabe señalar que acogerse a este régimen es opcional. Por lo tanto, los trabajadores por cuenta propia y ganen menos de 85.000 euros pueden continuar en el régimen de estimación directa si así lo desean.

Quienes se acojan al régimen franquiciado del IVA, si superan su volumen de negocio en más de un 10%, la franquicia se desactivará. Sin embargo, hay margen de maniobra, ya que los estados miembros de la Unión Europea (UE) pueden ampliar este límite hasta un 25%.

El secretario de Estado de Hacienda, Jesús Gascón, explicó hace unos meses que la Agencia Tributaria quiere aplicar este nuevo modelo lo antes posible: «Es un debate que deberíamos hacer aterrizar en el 2023, para adoptar los posibles cambios legales necesarios en el 2024, de cara a su entrada en vigor en el 2025».

En la primera fase, las organizaciones de autónomos y los agentes sociales han conseguido llegar a un consenso. Ahora, la Agencia Tributaria empezará a detallar la condiciones y los puntos más importantes del régimen.

Este proceso se alargará durante todo el 2024 con nuevas reuniones. En la segunda etapa e desplegará el equipo jurídico necesario y se informará a los autónomos de las condiciones de la puesta en marcha del régimen. La medida entrará en vigor el 1 de enero de 2025.

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